Su empresa debe presentar el primer pago hasta el 21 de abril.
En ocasiones pueden ser considerados retribución en especie.
Revocación si no garantiza su protección y seguridad
Carga de la prueba de su inexistencia o ilicitud
Para determinar la responsabilidad es necesario acreditar su origen
Desde el 2 de abril ya se podrá presentar el IRPF de 2024.
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